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El cáncer de mama no siempre provoca incapacidad laboral permanente

10/09/2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia que determinó, en febrero de 2013, que una mujer con cáncer de mama está en condiciones de seguir trabajando como dependienta en un comercio de lámparas.

Con esta decisión, el TSJRM desestima el recurso presentado por la afectada contra el primer Juzgado. Este consideró probado que la paciente presentaba la declaración de incapacidad permanente por mastopatía fibroquística de elevado riesgo y que había recibido un tratamiento quirúrgico en enero de 2009.

El auto también reconocía el trastorno ansioso-depresivo posterior que sufrió la paciente causado por la enfemedad, pero sentenció que estaba ajustada a derecho la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de no acceder a su petición de baja permanente.

Según dicta el segundo tribunal en la sentencia: "No se ha acreditado, por el momento, que las dolencias le impidan el desempeño de las actividades laborales propias de su trabajo habitual, que no exige esfuerzos físicos, ni causan estrés suficiente para alcanzar el grado de incapacidad total permanente".  

Fuente: Redacción Médica


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